Ganancias de sociedades sale del balance
La declaración no se arma con planillas sueltas: se arma con la conciliación entre el resultado contable y el resultado impositivo. Amortizaciones con criterio distinto, previsiones no deducibles, gastos sin respaldo, intereses con límite, ajuste por inflación impositivo. Cada diferencia tiene que estar identificada y justificada.
Por eso, cuando el balance está bien armado, la liquidación es casi mecánica. Y cuando no, aparecen sorpresas en el peor momento.
Lo que más veces sale mal
Retiros de socios sin instrumentar
La plata que los dueños sacan de la sociedad tiene que estar registrada como lo que es: honorarios, dividendos o préstamo. Cada figura tiene un tratamiento impositivo distinto y consecuencias distintas. Dejarlo indefinido hasta el cierre casi siempre termina en el tratamiento más caro.
Honorarios de directores fuera de término
Su deducción tiene condiciones de monto y de oportunidad de asignación. Asignarlos tarde o por encima del tope los vuelve no deducibles para la sociedad, sin dejar de estar gravados en cabeza del director.
Quebrantos que se pierden
Los quebrantos tienen plazo de prescripción y reglas de compensación por tipo. Un quebranto que nadie siguió se vence y se pierde, aunque la sociedad tenga ganancias para absorberlo el año siguiente.
El impuesto se decide antes del cierre
En abril ya no hay nada que optimizar: solo queda liquidar lo que pasó. Las decisiones que mueven la aguja se toman durante el ejercicio y, sobre todo, en los meses previos al cierre. Si tu sociedad cierra en diciembre, la conversación útil es en octubre.
Preguntas frecuentes
¿Se puede hacer Ganancias sin haber hecho el balance con vos?
Sí, siempre que los estados contables estén cerrados y disponibles. En ese caso el trabajo arranca con una revisión del balance, porque la conciliación fiscal depende enteramente de cómo se armó.
¿Qué pasa si la sociedad tiene quebrantos acumulados?
Se computan según su tipo y antigüedad, respetando las reglas de compensación y los plazos de prescripción. Es uno de los puntos que más conviene revisar, porque un quebranto mal seguido simplemente se pierde.
¿Incluye el recálculo de anticipos?
Sí. Cuando la proyección del ejercicio en curso muestra que los anticipos calculados sobre el impuesto anterior van a exceder el impuesto real, se puede solicitar la reducción. Es plata que de otro modo queda inmovilizada hasta la siguiente declaración.